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DECLARACION PUBLICA UNIVERSIDAD DE MAGALLANES

Ante versiones difundidas en redes sociales, respecto a remuneraciones de los directivos y aranceles de la Universidad de Magallanes, se aclara lo siguiente:

– La Universidad de Magallanes, como institución pública del Estado de Chile, se encuentra comprometida con una política de rendición de cuenta pública.  En este sentido mantiene actualizada la información que exige la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, y las circulares y recomendaciones del Consejo para la Transparencia.

– Como institución pública no se está ajena a la mala interpretación de la información que, sin mayor análisis, induzca a errores al citar cifras sumando remuneración, bonos y viáticos.

– Se precisa que, de acuerdo al Estatuto Administrativo, la remuneración se define como la contraprestación en dinero que el funcionario tiene derecho a percibir en razón de empleo o función.

Por otra parte, la Contraloría General de la República ha definido el concepto de viático como el beneficio económico que tiene por objeto compensar los mayores gastos en que debe incurrir el empleado que, por razones de servicio y en cumplimiento de cometidos o comisiones administrativas, debe pernoctar o alimentarse fuera de su lugar de desempeño habitual (Dictamen CGR N°68.888 de 2011).

En este sentido, se añade, es claro que un viático en ningún caso constituye remuneración, pues solo compensa el gasto que debe realizar el funcionario, al cual se le encomienda por interés institucional desplazarse a otras localidades dentro o fuera del país.    

Las remuneraciones que perciben mensualmente los directivos, y los demás funcionarios universitarios, corresponden a las establecidas en el Sistema de Remuneraciones institucional, más la correspondiente asignación de responsabilidad. En el caso de nuestra universidad la remuneración bruta promedio del equipo directivo es de $4.982.945 (promedio líquido $4.193.140), siendo la remuneración más alta la que percibe el Rector con un monto mensual de $5.894.268 (líquido $4.715.004)

Con todo, es necesario considerar para un análisis objetivo, que, en el contexto de las universidades estatales, las remuneraciones de los directivos superiores de la Universidad de Magallanes son las más bajas del sistema.   A modo de ejemplo, la remuneración promedio de los rectores de universidades estatales es de $8.230.726, donde la remuneración más alta es $11.619.236 y siendo la más baja precisamente la del rector de la Universidad de Magallanes con $5.894.268.

-Respecto a la versión de supuestas remuneraciones que exceden a la asignada al cargo de rector, se aclara que en el mes de abril se realizó, a diferentes funcionarios de la institución, el pago del saldo de remuneraciones retroactivas que la Universidad les adeudaba desde los años 2019-2020, principalmente por ascensos por cambio de jerarquía académica y evaluación académica.

– Los procesos de jerarquización y evaluación académica son mecanismos periódicos, normados por reglamentos y evaluados por comisiones conformadas para tales efectos. En este proceso, se ponderan elementos y evidencias objetivas del quehacer de una o un funcionario académico en las áreas de docencia, investigación, gestión y vinculación con el medio.

– De acuerdo a la estructura que ofrece la plataforma de Transparencia la información se entrega de manera agregada y se da cuenta que ésta contiene remuneraciones retroactivas, sin detallar a qué corresponden cada monto. Cómo institución evaluaremos entregar información con un mayor nivel de desagregación, que facilite una mejor lectura e interpretación de la información publicada y de ésta manera evitar comentarios errados y que carecen de técnica.

– En cuanto a los aranceles, como Universidad de Magallanes se ha adoptado la política de solo actualizarlos en el tiempo, según la inflación sin considerar incrementos reales por sobre eso. Es decir, los aranceles no se han reajustado en muchos años y solamente se han actualizado de acuerdo a la variación del IPC.

– La Universidad de Magallanes invita a la comunidad a considerar canales y medios que dispongan de la información fidedigna y responsable, como así también está abierta a recibir las consultas específicas por las vías oficiales de la institución académica.