COMUNICADO PUBLICO – CUERPO DOCENTES ¡LA AUSTERIDAD NO SE PUEDE PAGAR CON EL DERECHO A LA EDUCACIÓN!

La Escuela Bernardo O’Higgins Riquelme manifiesta públicamente su profunda
preocupación y rechazo frente a las medidas adoptadas por el Servicio Local de Educación
Pública de Magallanes respecto de la cobertura de licencias médicas y la no contratación de
profesionales y horas disponibles dentro de los establecimientos para enfrentar la falta de
reemplazos.
El SLEP Magallanes sostiene que estas decisiones responden a criterios de austeridad
derivados del Oficio Circular N.o 12 del Ministerio de Hacienda.
Sin embargo, una circular administrativa no puede modificar, suspender ni dejar
sin efecto las obligaciones establecidas por una ley vigente. La Administración del
Estado debe actuar conforme al principio de juridicidad, es decir, dentro de las
competencias y límites que establecen la Constitución y las leyes.
El Cuerpo Docente de la Escuela O ́Higgins aclara y comunica, la realidad que no
quieren mostrar:

  • La falta de reemplazos en las asignaturas de Lenguaje y Matemática, especialmente
    en Segundo Ciclo Básico, ejerce una sobrecarga en los docentes y perjudica la
    continuidad de los aprendizajes.
  • Los profesionales que cumplen funciones en los Programas de Integración Escolar
    PIE, estén siendo utilizados para cubrir ausencias de docentes de aula, generando
    vacíos importantes en el aprendizaje en los estudiantes con Necesidades Educativas
    Especiales.
  • La Circular N.o 12 puede establecer restricciones presupuestarias, pero no puede
    constituir una autorización para vulnerar derechos educacionales, porque no es
    superior a la ley General de Educación y la Ley 21.040, ni al Decreto 170.
    Por ello, exigimos:
  1. Garantizar reemplazos oportunos en asignaturas fundamentales.
  2. Proteger las horas y funciones de los profesionales PIE.
  3. Garantizar la continuidad de los apoyos especializados a estudiantes con NEE.
  4. Transparentar los criterios utilizados para determinar cuándo se autoriza o rechaza un
    reemplazo.
  5. Informar el fundamento jurídico que permite a una Circular ser superior a un Decreto
    Supremo o una Ley.

Cuerpo Docente
Escuela Bernardo O ́Higgins Riquelme – Punta Arenas