{"id":5609,"date":"2019-07-09T14:35:50","date_gmt":"2019-07-09T14:35:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/?p=5609"},"modified":"2019-07-09T14:36:05","modified_gmt":"2019-07-09T14:36:05","slug":"trabajo-a-distancia-o-teletrabajo-por-ernesto-sepulveda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/trabajo-a-distancia-o-teletrabajo-por-ernesto-sepulveda\/","title":{"rendered":"TRABAJO A DISTANCIA O TELETRABAJO por ERNESTO SEPULVEDA"},"content":{"rendered":"\n<p>Amigos\ny amigas:<\/p>\n\n\n\n<p>Pr\u00f3ximos\na iniciar la segunda d\u00e9cada del siglo XXI, enfrentamos en Chile un desaf\u00edo de\ngrandes proporciones. Adaptarnos a los cambios tecnol\u00f3gicos que de manera\nvertiginosa impactan nuestras vidas cotidianas. <\/p>\n\n\n\n<p>Acceso\ninstant\u00e1neo, en \u201ctiempo real\u201d, pr\u00e1cticamente a cualquier acontecimiento que\nocurra en cualquier parte del mundo. Revoluci\u00f3n de las tele comunicaciones, con\ndispositivos electr\u00f3nicos cada vez m\u00e1s baratos, m\u00e1s f\u00e1ciles de usar, m\u00e1s\n\u201cinteligentes\u201d (Smartphone).<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;El acceso a la s\u00faper carretera digital, de una\nred de internet de alta velocidad (que en Magallanes llegar\u00e1 el 2020 con la\nFibra \u00d3ptica Austral, y que permite no s\u00f3lo obtener informaci\u00f3n, sino emplearla\npara transportar ingentes \u201ccargas\u201d de datos. El almacenaje de estos mismos\ndatos, en la propia \u201cnube\u201d, o en complejos especializados de big data. El\ndesarrollo del internet de las cosas, facilitando la automatizaci\u00f3n de tareas\nrutinarias. La comunicaci\u00f3n directa entre m\u00e1quinas y computadoras, sin la\nintermediaci\u00f3n humana.<\/p>\n\n\n\n<p>En\nuna econom\u00eda peque\u00f1a como la nuestra, los impactos que el cambio tecnol\u00f3gico\npuede tener en el plan social, puede ser muy grande, incluso muy da\u00f1ino,\nimpactando fuertemente en las tasas de desempleo, si es que no se realizan las\nadecuaciones correspondientes. Preparar las organizaciones, sean los gobiernos,\nlas empresas u otras entidades de la sociedad civil, para enfrentar esta\nnecesaria adaptaci\u00f3n, exige flexibilidad y creatividad.<\/p>\n\n\n\n<p>Un\n\u00e1mbito donde los pa\u00edses desarrollados avanzaron hace d\u00e9cadas, es en el\ndenominado \u201ctrabajo a distancia\u201d. Donde la imagen cl\u00e1sica del obrero cumpliendo\nsu turno de 8 horas en una f\u00e1brica, va quedando atr\u00e1s, por la automatizaci\u00f3n de\nlos procesos industriales, y por el surgimiento de otras labores en el proceso\nproductivo, que exigen uso intensivo de las tecnolog\u00edas de comunicaciones.\nSurgen funciones que no necesariamente deben servirse en el recinto de la\nempresa. Pueden prestarse desde el propio hogar del trabajador, o desde un\nlugar libremente escogido por \u00e9ste.<\/p>\n\n\n\n<p>En\nChile, nuestra legislaci\u00f3n ha recogido la posibilidad de que se realicen\nlabores de estas caracter\u00edsticas, pero la regulaci\u00f3n est\u00e1 dispersa, y se trata\nde manera aislada, no generando un estatus especial para los trabajadores a\ndistancia.<\/p>\n\n\n\n<p>En\nmateria de jornada de trabajo, el art\u00edculo 22 del C\u00f3digo del Trabajo alude a\nquienes est\u00e1n excluidos de la limitaci\u00f3n de la jornada de trabajo semanal, de\n45 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta disposici\u00f3n se incluye a trabajadores que no prestan servicios en\nel lugar de trabajo, que com\u00fanmente corresponde al domicilio de la empresa,\nestablecimiento o faena. Sino que se alude a quienes:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Son contratados de acuerdo con este\nC\u00f3digo para prestar servicios en su propio\nhogar o en un lugar libremente elegido\npor ellos;<\/li><li>Son contratados para que\npresten sus servicios preferentemente fuera del lugar o sitio de funcionamiento\nde la empresa, mediante la utilizaci\u00f3n de medios inform\u00e1ticos o de telecomunicaciones.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>En\nmateria de contrato colectivo de trabajo:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Ley N\u00b0 20.940 de 08.09.2016, estableci\u00f3 los\nPactos sobre condiciones especiales de trabajo.&nbsp;\nEsta norma estableci\u00f3 en lo que nos interesa:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Pacto para trabajadores con responsabilidades familiares<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Para quienes trabajen en empresas donde existe un\nsindicato que re\u00fane un 30% o m\u00e1s de los trabajadores de la empresa. Y siempre\nen el supuesto de que pacten con el empleador, cumpliendo todos los requisitos\nque la norma establece.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Las partes pueden pactar que los trabajadores de la empresa accedan a\nsistemas de jornada que combinen tiempos de trabajo presencial en la empresa y\nfuera de ella. Para que la jornada laboral pactada, o parte de ella, se\ndesarrolle en lugares distintos al convenido para la prestaci\u00f3n de los servicios,\npudiendo ser \u00e9ste el domicilio del trabajador u otro que convenga con el\nempleador. <\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Quienes son los trabajadores con responsabilidades\nfamiliares:<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el Convenio\nN\u00b0 156 de la OIT sobre trabajadores con responsabilidades familiares,\nconvenio&nbsp; ratificado por Chile el 14 de\noctubre de 1994, y que por tanto es ley vigente en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Son trabajadores (as) con responsabilidades\nfamiliares:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Aqu\u00e9llos con responsabilidades hacia los hijos a su cargo<\/li><li>O bien, respecto de miembros de su familia directa que de manera evidente\nnecesiten su cuidado; por ejemplo familiares directos de la tercera edad o que\npadecen discapacidad, etc., <\/li><li>Cuando tales responsabilidades limiten las posibilidades de esos trabajadores\nde prepararse para la actividad econ\u00f3mica y de ingresar, participar y progresar\nen ella.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Otros beneficiarios del Pacto sobre condiciones\nespeciales de trabajo:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n pueden ser convenidos para aplicarse a:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Trabajadores j\u00f3venes que cursen estudios regulares,<\/li><li>Mujeres, <\/li><li>Personas con discapacidad,<\/li><li>Otras categor\u00edas de trabajadores que definan de com\u00fan acuerdo el empleador\ny la organizaci\u00f3n sindical que los suscriba.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>BENEFICIOS DEL\nTELETRABAJO:<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;\u201cTELETRABAJO\u201d, que es aqu\u00e9l que se realiza a\ntrav\u00e9s de dispositivos electr\u00f3nicos y de las nuevas tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n.\nDonde el trabajador desarrolla sus labores en un lugar distinto al domicilio de\nla empresa, establecimiento o faena. Por lo que sus labores se desarrollan sin\nsu presencia f\u00edsica en el lugar de trabajo tradicional.<\/p>\n\n\n\n<p>Se destaca\nasimismo, los m\u00faltiples beneficios para la vida personal y familiar, que\nconllevan&nbsp;&nbsp; las nuevas modalidades\nconocidas gen\u00e9ricamente como TELETRABAJO. Al mismo tiempo que se produce una\nserie de beneficios en productividad, mejor clima laboral, reducci\u00f3n de estr\u00e9s,\ny de enfermedades psico laborales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIMITACIONES DE LA NORMATIVA ACTUAL:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan lo ya\ncomentado, las disposiciones que hace menci\u00f3n al trabajo a distancia, o a su\ndenominaci\u00f3n gen\u00e9rica \u201cTeletrabajo\u201d, una de ellas est\u00e1 ubicada dentro de las\nexcepciones a la jornada ordinaria de trabajo, y la otra se encuentra dentro de\nLibro IV sobre negociaci\u00f3n colectiva. Vale decir, en ambos casos se refiere a\nsituaciones particulares, que requieren el cumplimiento de un sinn\u00famero de\nrequisitos, que hacen inviable un uso m\u00e1s extendido de esta modalidad de\ntrabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>En otras palabras,\nel ciclo econ\u00f3mico en el que estamos como pa\u00eds, requiere que nuevas modalidades\nde contrataci\u00f3n, o de jornada de trabajo, vayan a la par que se est\u00e1 dando el\ncambio tecnol\u00f3gico. De manera tal que los trabajadores puedan incorporarse a\nlas nuevas tareas, con beneficios en su calidad de vida, y vida familiar, en\nparalelo a la llegada de la automatizaci\u00f3n, robotizaci\u00f3n e inteligencia\nartificial.<\/p>\n\n\n\n<p>LA REFORMA QUE\nVIENE:<\/p>\n\n\n\n<p>Recogiendo una\nmoci\u00f3n de los senadores Pedro Mu\u00f1oz y Carlos Bianchi, la actual administraci\u00f3n\nha reimpulsado, la tramitaci\u00f3n de un&nbsp;\nproyecto de ley que pretende actualizar nuestra normativa laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>MENSAJE DEL\nEJECUTIVO:<\/p>\n\n\n\n<p>Mensaje de\n08.08.2018 dirigido a la Pdta. De la H. C\u00e1mara de Diputados:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Este\nes un sistema de trabajo,&nbsp; ya incorporado\nen otros pa\u00edses,&nbsp; Colombia, Espa\u00f1a,\nSuecia, Dinamarca, Pa\u00edses Bajos, Estonia, Reino Unido, Portugal, Eslovenia,\nFrancia, Hungr\u00eda, Italia, Alemania, entre otros cuentan con esta modalidad de\ntrabajo. <\/li><li>Corresponsabilidad parentalLa construcci\u00f3n de un pa\u00eds m\u00e1s justo e\ninclusivo nos exige que dicha responsabilidad sea compartida: dejemos de hablar\nde responsabilidad y demos paso a la \u201ccorresponsabilidad parental\u201d. <\/li><li>Empleo sustentable&nbsp;esta especial modalidad\ncontribuir\u00e1, de forma importante, a descongestionar y descontaminar las\nciudades.<\/li><li>Concordanciasse actualiza la terminolog\u00eda de la norma del inciso segundo del\nart\u00edculo 22 del C\u00f3digo del Trabajo, incorporando el concepto de tecnolog\u00eda en\ngeneral para referirse al tipo de servicios prestados bajo esta modalidad.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>ESTADO DE TRAMITACI\u00d3N:<\/p>\n\n\n\n<p>Proyecto se encuentra en segundo\ntr\u00e1mite, siendo remitido el 20.11.2018 desde la C\u00e1mara de Diputados al Senado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Amigos y amigas: Pr\u00f3ximos a iniciar la segunda d\u00e9cada del siglo XXI, enfrentamos en Chile un desaf\u00edo de grandes proporciones. 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