{"id":53243,"date":"2024-12-24T14:56:00","date_gmt":"2024-12-24T17:56:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/?p=53243"},"modified":"2024-12-24T10:54:37","modified_gmt":"2024-12-24T13:54:37","slug":"autoridad-laboral-llama-a-respetar-feriado-irrenunciable-y-obligatorio-del-comercio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/autoridad-laboral-llama-a-respetar-feriado-irrenunciable-y-obligatorio-del-comercio\/","title":{"rendered":"Autoridad laboral llama a respetar feriado irrenunciable y obligatorio del comercio"},"content":{"rendered":"\n<p>Ante las fiestas de fin de a\u00f1o, las autoridades laborales de la zona realizaron una nueva difusi\u00f3n del feriado irrenunciable y obligatorio del comercio, llamando a las y los empleadores a respetar, tanto los horarios de cierre como el respectivo descanso de quienes laboran en este rubro.<br>Como ya se ha explicado, son considerados como trabajadores y trabajadoras del comercio<br>quienes operan en un establecimiento cuyas funcionen se relacionen con el expendio o venta<br>directa al p\u00fablico de las mercanc\u00edas o productos que all\u00ed se ofrecen.<br>Seg\u00fan explic\u00f3 la Seremi del Trabajo, Doris Sandoval Miranda, \u201cestamos ya ad-portas de las<br>celebraciones de navidad y a\u00f1o nuevo y, por tanto, estamos recordando a las y los empleadores<br>del sector comercio que, tanto el 25 de diciembre como el 1 de enero pr\u00f3ximos, son feriados<br>irrenunciables y obligatorios y la ley establece que deber\u00e1n estar fuera de sus lugares de trabajo a<br>m\u00e1s tardar a las 20:00 horas del martes 24 y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre. Lo<br>mismo para los d\u00edas 31 de diciembre, el cierre debe ser a las 20:00 horas y hasta las 06:00 del<br>jueves 2 de enero de 2025\u201d.<br>La excepci\u00f3n a esta normativa es para quienes se desempe\u00f1an en establecimientos como:<br>restaurantes, cines, lugares de espect\u00e1culos en vivo, discotecas, pub, cabaret, clubes, locales<br>comerciales en los aer\u00f3dromos civiles p\u00fablicos y aeropuertos, casinos de juego, expendio de<br>combustibles, farmacias de urgencia y aquellas que cumplan turnos fijados por la autoridad<br>sanitaria. Tambi\u00e9n deben trabajar los dependientes de las tiendas adosadas a los servicentros si<br>venden alimentos preparados ah\u00ed.<br>Descanso bianual alternado<br>Como compensaci\u00f3n a las trabajadoras y trabajadores exceptuados del feriado, desde el a\u00f1o 2016<br>la normativa establece que estos trabajadores que deben laborar el 25 de diciembre y 1 de enero<br>tendr\u00e1n derecho a tomar un descanso, al menos una vez, cada dos a\u00f1os.<br>\u201cPara quienes no est\u00e1n exceptuados del feriado obligatorio, es importante recordar a sus<br>empleadores que ellos y ellas tienen derecho a un descanso bianual alternado, es decir, si este a\u00f1o<br>les corresponde trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero, el pr\u00f3ximo a\u00f1o tendr\u00e1n derecho a<br>descansar, siempre y cuando contin\u00faen con el mismo empleador. Para ello, pueden pactar con su<br>empleador la rotaci\u00f3n del personal necesario para cumplir con este descanso\u201d, a\u00f1adi\u00f3 la Seremi.<\/p>\n\n\n\n<p>Para este efecto, las autoridades llaman a las empresas a precaver infracciones de este descanso<br>bianual, organizando sus turnos con antelaci\u00f3n y suscribiendo el pacto respectivo con sus<br>trabajadores.<br>Por ejemplo, si tomamos este 25 de diciembre y 1 de enero como base, el empleador de un<br>restaurante deber\u00eda atender esta vez con un grupo de sus trabajadores, reservando a otro grupo<br>para que atienda el 25 de diciembre de 2025 y 1 de enero del 2026. Ello, porque los que atiendan<br>ahora descansar\u00e1n en ambas futuras fechas.<br>Por \u00faltimo, en caso de no cumplir con estos feriados y descansos, las infracciones podr\u00edan ser<br>sancionadas con multas que van desde las 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) -que<br>equivalen a $336.470 al presente mes- hasta las 20 UTM -que corresponde a $1.345.880-<br>considerando el n\u00famero total de trabajadores de la empresa.<br>\u201cEn el caso de las micro y peque\u00f1as empresas -que van de 1 a 49 trabajadores- las multas son de 5 UTM por cada trabajador afectado. En caso de las medianas empresas -de 50 a 199 trabajadores- las multas son de 10 UTM ($672.940) por cada trabajador o trabajadora afectada. Y, para finalizar, en el caso de las grandes empresas, que tienen 200 trabajadores o m\u00e1s, las multas son de 20 UTM por cada persona\u201d, acot\u00f3 la autoridad.<br>Los empleadores sorprendidos en infracci\u00f3n deber\u00e1n cesar las labores de los trabajadores de<br>inmediato, y abandonar su lugar de trabajo, sin perjuicio de curs\u00e1rsele la multa respectiva.<br>Es importante se\u00f1alar que los establecimientos comerciales atendidos por sus propios due\u00f1os y\/o<br>familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relaci\u00f3n laboral en este caso.<br>Durante el actual per\u00edodo, la Direcci\u00f3n del Trabajo ha dispuesto la realizaci\u00f3n de diferentes<br>fiscalizaciones en torno a esta materia.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante las fiestas de fin de a\u00f1o, las autoridades laborales de la zona realizaron una nueva difusi\u00f3n del feriado irrenunciable y obligatorio del comercio, llamando a las y los empleadores&#8230; <a class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/autoridad-laboral-llama-a-respetar-feriado-irrenunciable-y-obligatorio-del-comercio\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":53244,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-53243","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cronica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53243","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53243"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53243\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/53244"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53243"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53243"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53243"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}