{"id":28859,"date":"2022-04-18T08:08:15","date_gmt":"2022-04-18T11:08:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/?p=28859"},"modified":"2022-04-18T08:08:21","modified_gmt":"2022-04-18T11:08:21","slug":"chile-un-estado-social-y-democratico-de-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/chile-un-estado-social-y-democratico-de-derecho\/","title":{"rendered":"CHILE UN ESTADO SOCIAL Y DEMOCR\u00c1TICO DE DERECHO"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado lunes 11 de abril se aprob\u00f3 en la\nConvenci\u00f3n Constitucional, con una mayor\u00eda de 114 votos a favor, 26 en contra y\n10 abstenciones, la propuesta de art\u00edculo 1\u00b0 de la Constituci\u00f3n que ser\u00e1 plebiscitada\nel 4 de septiembre del presente a\u00f1o. En esta disposici\u00f3n, se incluye en su\ninciso primero, la siguiente expresi\u00f3n: \u201cChile es un estado social y\ndemocr\u00e1tico de derecho\u201d. Ha sido objeto de muchos comentarios de dirigentes\npol\u00edticos, acerca de que ser\u00eda el fin del denominado \u201cestado subsidiario\u201d de la\nconstituci\u00f3n pol\u00edtica vigente. Para entender un poco m\u00e1s acerca de esta\ndefinici\u00f3n, hemos consultado el art\u00edculo publicado en la Revista de &nbsp;derecho y humanidades, por el doctor en\nderecho y acad\u00e9mico de la Universidad de Chile, Claudio Nash (NASH, 2011).\nEn este texto, se describe la gestaci\u00f3n del estado de derecho, desde el estado\nde derecho liberal, que responde a la necesidad de protecci\u00f3n de las personas,\nde sus bienes y otras libertades, de poderes desp\u00f3ticos. Corresponden al estado\nliberal de derecho, la Declaraci\u00f3n de derechos de 1689 de Inglaterra, la\nDeclaraci\u00f3n de derechos de 1776 de Estados Unidos, y la Declaraci\u00f3n de Derechos\ndel Hombre de 1789 en Francia. Este orden de cosas, fue avanzando\npaulatinamente, a lo largo del siglo XVIII, pero entr\u00f3 en crisis, a fines del\nsiglo XIX y comienzos del siglo XX. Podemos inferir, que el conjunto de\ndeclaraciones, establec\u00edan derechos, en un nivel meramente te\u00f3rico, y las condiciones\nmateriales de vida de millones de personas, eran invisibles para la estructura\ndel Estado liberal. Aqu\u00ed surge el Estado social, \u201cpara superar la ceguera del\nestado liberal\u201d. El Estado social, se caracteriza por el rol activo que empez\u00f3\na jugar el Estado. Ahora, no s\u00f3lo para abstenerse de \u201c<em>interferir en las libertades y derecho de las personas\u201d<\/em>, propio del\nrol pasivo del Estado liberal, sino que despliega su acci\u00f3n para \u201c<em>revertir las situaciones de inequidad a las\nque se ven enfrentadas determinados grupos de personas\u201d<\/em>. &nbsp;Son propios del Estado social, <em>\u201cel resguardo de los derechos civiles del\nindividuo \u2013incluyendo derechos de participaci\u00f3n pol\u00edtica\u2013, la consagraci\u00f3n de\nmecanismos de distribuci\u00f3n de riqueza a trav\u00e9s del salario, el ejercicio de derechos\ncolectivos y de un conjunto de prestaciones sociales orientadas al bienestar\ndel individuo.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En\ntanto, el Estado Social y democr\u00e1tico de derecho, corresponde al per\u00edodo de\npost guerra, es de alguna manera una reacci\u00f3n, ante la amenaza a las libertades\ny derechos, del Estado social autoritario. Por ello, no es de extra\u00f1ar, que la\nprimera consagraci\u00f3n del Estado Social y democr\u00e1tico de derecho, fue en\nAlemania, en la Ley fundamental de Bonn. Sin perjuicio de lo cual, a lo largo\ndel siglo XX e inicios del siglo XXI, ya se encuentra consagrado en las\nConstituciones pol\u00edticas de Colombia, Ecuador, Paraguay, Espa\u00f1a, Turqu\u00eda y\nVenezuela. <\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En\ncuanto a la Constituci\u00f3n pol\u00edtica de Chile de 1980, reformada en 2005, y que,\ncon el proceso constituyente en marcha, se propone reemplazar. El profesor Nash\nse\u00f1ala, \u201c<em>Consagra los derechos\nfundamentales como l\u00edmites al Estado antes que como obligaciones de\nactuaci\u00f3n&#8230;\u201d, \u201cCon un \u00e9nfasis en las libertades (entendidas como protecci\u00f3n\nfrente al Estado y suponiendo una omisi\u00f3n de su parte), sin que expresen un\nadecuado desarrollo en materia de derechos de participaci\u00f3n y derechos sociales\u201d.\nA t\u00edtulo meramente ejemplar, la forma en que consagra la constituci\u00f3n actual,\nlos derechos de <\/em>salud, educaci\u00f3n y trabajo <em>\u201cSon tratados principalmente como libertades (de elecci\u00f3n) y no como\nderechos de prestaci\u00f3n por parte del Estado. Estos derechos, concebidos como\nderechos de igualdad de facto, como lo son la salud y la educaci\u00f3n, se\nestablecen como mandatos de organizaci\u00f3n y actuaci\u00f3n del Estado,<\/em> y no como\nderechos exigibles directamente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En\nla reforma efectuada en 2005, se intent\u00f3 introducir el concepto de Estado\nSocial y democr\u00e1tico de derecho, a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Chile. Fue una\npropuesta del senador Enrique Silva Cimma, que fue rechazada por la derecha, y,\nen consecuencia, continu\u00f3 rigiendo el enfoque original de este texto\nconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Aunque\nestamos en una etapa incipiente, antes de conocer la redacci\u00f3n definitiva de la\npropuesta de nueva constituci\u00f3n pol\u00edtica, podemos decir, sin lugar a dudas, que\nva quedando atr\u00e1s la concepci\u00f3n de estado de la constituci\u00f3n de 1980. La\nconsagraci\u00f3n del Estado Social y democr\u00e1tico de derecho, constituye un avance\ncivilizatorio para la sociedad chilena. El estado destinar\u00e1 sus esfuerzos a\nasegurar, progresivamente, condiciones materiales de vida, con un piso de\nderechos sociales m\u00ednimo. No ya, a nivel meramente declarativo.&nbsp; El rol pasivo del estado, consagrado en la\nConstituci\u00f3n de 1980, empieza a quedar atr\u00e1s. Los m\u00e9ritos del rol subsidiario\ndel Estado, fueron destacados hasta el agotamiento, por los medios afines, a\nlos grupos controladores del sistema financiero y burs\u00e1til de Chile. Las\nrestricciones inauditas, a la actividad del estado en el \u00e1mbito econ\u00f3mico, empiezan\na quedar atr\u00e1s. Aunque es muy probable, de que, dado el avance acelerado del\ncambio tecnol\u00f3gico, no veamos un estado empresario, al modelo del siglo XX. Se\npuede sostener, sin temor a equivocarse, que se proveer\u00e1 a trav\u00e9s de la\nlegislaci\u00f3n correspondiente, de las herramientas t\u00e9cnicas, que permitan llevar\nla acci\u00f3n del estado hasta el \u00faltimo conf\u00edn del territorio. Algo que esperamos\ncon ansias, quienes vivimos en las zonas extremas. Proveer bienes y servicios\nde calidad a la poblaci\u00f3n, no puede depender del tama\u00f1o de la clientela o del\n\u201cbols\u00f3n de clientes\u201d. Localidades escasamente pobladas, tienen igual derecho a\nacceder a los derechos sociales, que el que reside en \u00d1u\u00f1oa o Santiago centro. <\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; El\nart\u00edculo 1\u00b0, al que hemos hecho menci\u00f3n en esta columna, se\u00f1ala en toda su\nextensi\u00f3n \u201cChile es un Estado social y democr\u00e1tico de derecho. Es\nplurinacional, intercultural y ecol\u00f3gico. <\/p>\n\n\n\n<p>Se constituye como una Rep\u00fablica solidaria,\nsu democracia es paritaria y reconoce como valores intr\u00ednsecos e irrenunciables\nla dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su\nrelaci\u00f3n indisoluble con la naturaleza. <\/p>\n\n\n\n<p>La protecci\u00f3n y garant\u00eda de los derechos\nhumanos individuales y colectivos son el fundamento del Estado y orientan toda\nsu actividad. Es deber del Estado generar las condiciones necesarias y proveer\nlos bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos y de\nintegraci\u00f3n de las personas en la vida pol\u00edtica, econ\u00f3mica, social y cultural\npara su pleno desarrollo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Como\nse puede apreciar, el nuevo enfoque del Estado de Chile, involucra un rol\nactivo en cuanto a generar las condiciones, para que todas las personas, puedan\nacceder a mejores condiciones de vida, lo que involucra no s\u00f3lo aspectos\nmateriales, sino tambi\u00e9n aspectos esenciales, como declarar como valor\nintr\u00ednseco e irrenunciable la dignidad, la libertad y la igualdad sustantiva de\nlos seres humanos y su relaci\u00f3n indisoluble con la naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; El\nnuevo texto constitucional ser\u00e1 plebiscitado el 4 de septiembre, con voto\nobligatorio. Muy recomendable mantenerse informado, de los textos que ha ido\naprobando el pleno de la Convenci\u00f3n. Esos textos son los \u00fanicos oficiales. No\nconfundirse con las propuestas que a\u00fan se discuten, o que s\u00f3lo han sido\naprobados en comisiones.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Un\nllamado especial, a mantener la calma, y la confianza en el proceso que est\u00e1 en\nmarcha. La inmensa mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n jam\u00e1s ley\u00f3 la constituci\u00f3n de 1980.\nPero s\u00ed recuerdan los aspectos m\u00e1s escabrosos, como el art\u00edculo 8\u00b0 y el 24\ntransitorio, ambos derogados en la reforma de 1989. El sistema binominal, los\nsenadores designados y los senadores vitalicios. Tambi\u00e9n ya derogadas. Es muy\nprobable, que muy pocas personas lean el texto completo, que va al plebiscito.\nSin embargo, algo que se comentar\u00e1 sin falta, es el fin del rol subsidiario del\nestado. Y esperemos, en que muchos m\u00e1s se interesen en el cambio fundamental,\nque Chile tendr\u00e1 con el Estado Social y democr\u00e1tico de derecho.<\/p>\n\n\n\n<p>Ernesto Sep\u00falveda Tornero<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado lunes 11 de abril se aprob\u00f3 en la Convenci\u00f3n Constitucional, con una mayor\u00eda de 114 votos a favor, 26 en contra y 10 abstenciones, la propuesta de art\u00edculo&#8230; <a class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/chile-un-estado-social-y-democratico-de-derecho\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":28860,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-28859","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cronica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28859","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28859"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28859\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/28860"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28859"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28859"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiopresidenteibanez.cl\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28859"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}