«..el cabestro en la manada gritarán hasta morir, REVOLUCIÓN..» ******** Y es que no es cosa que el patron diga que te hará el contrato cuando tenga tiempo. Dispone de 15 dias para escriturarlo, que se reducen a 5 dias si es contrato por obra o labor inferior a 30 dias. Los contratos, aparte de aquellos que son por obra o faena, pueden ser de plazo fijo o indefinidos. Un contrato a plazo fijo puede renovarse solo una vez, ya que la segunda renovación convierte automáticamente el contrato en uno de duración indefinida, lo mismo sucede si no le renuevan el contrato pero sigue trabajando. La duración total del contrato original más la renovación no puede exceder de un año para la mayoría de los trabajadores, pero puede extenderse a dos años si el trabajador tiene un título profesional o técnico. Si el contrato pasa a ser indefinido, para terminar la relación laboral el empleador debe usar una causal de despido legalmente establecida, además de cumplir con las formalidades e indemnizaciones que corresponden. Por ultimo el empleador tiene la obligacion de registrar el contrato en la plataforma electrónica de la Dirección del Trabajo. ******** Nuestra fuerza la Unidad Nuestra meta la Victoria