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PROYECTO DE LEY DE PATRIMONIO CULTURAL DA SU PRIMER PASO TRAS APROBACIÓN EN GENERAL EN LA COMISIÓN DE CULTURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Ministra Consuelo Valdés valoró el avance dado en la tramitación de la iniciativa, pero reconoció que aún queda un arduo trabajo, que incluye iniciar una consulta indígena previa para el futuro proyecto de ley de patrimonio indígena comprometido.

El texto busca actualizar la centenaria legislación patrimonial chilena y avanza en descentralización, gestión y en la protección integral del patrimonio cultural.

Tras un amplio diálogo y la inclusión de aportes de diversas instituciones, expertos, académicos y representantes de la sociedad civil y colegiada, se aprobó en general (por siete votos contra seis) en la comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones de la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Patrimonio Cultural, el que busca actualizar la centenaria ley N°17.288 de Monumentos Nacionales.

“Quiero valorar y agradecer no solo la votación de hoy, sino también el diálogo que hemos construido y posibilitado en los últimos dos años para avanzar hacia una nueva ley de patrimonio para Chile y sus comunidades. Este primer avance del proyecto es una buena noticia porque este busca poner fin al centralismo en la toma de decisiones sobre el patrimonio local, por primera vez reconoce y protege al patrimonio intangible y mejora radicalmente las herramientas financieras y de gestión con las que contamos para proteger y recuperar patrimonio”, sostuvo la ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Consuelo Valdés.

Asimismo, la secretaria de Estado planteó que el avance de la tramitación de la iniciativa es un paso, pero que aún queda un trabajo importante en su tramitación, lo que incluye iniciar una consulta indígena previa para el futuro proyecto de ley de patrimonio indígena comprometido.

El proyecto fue presentado en junio de 2019 al Congreso por parte del Ministerio de las Culturas. Tras su ingreso a la Cámara de Diputados, la iniciativa fue objeto de una discusión pública amplia que incluyó más de 40 sesiones y audiencias en la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados; mesas de trabajo técnicas con participación de expertos, representantes de organizaciones civiles, colegiadas y académicos; encuentros regionales; una encuesta en línea abierta; y grupos de trabajo al alero de los órganos colegiados del Ministerio de las Culturas, en particular el Consejo de Monumentos Nacionales y el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

Recogiendo estos aportes y otros insumos, el 24 de marzo de 2021 el Gobierno ingresó una indicación sustitutiva que reemplazó y enriqueció el proyecto original. Su aprobación representa un punto de inflexión que inicia el camino para modernizar la legislación sobre la materia.

En los días previos a la votación, la Comisión de Cultura realizó dos nuevas jornadas de audiencias públicas, denominadas “Patrimonio: Compromiso y Participación Activa de Todas y Todos”, en las que un 53 organizaciones se inscribieron y entregaron su opinión.

El proyecto de ley establece tres ejes fundamentales: 1) descentralizar y empoderar a las regiones sobre la gestión de su patrimonio a través de la creación de Consejos y Secretarías Técnicas Regionales con carácter resolutiva en la toma de decisiones sobre el patrimonio local; 2) sumar nuevas herramientas y recursos para su mantención, puesta en valor y salvaguardia, además de reforzar las medidas para combatir el tráfico ilícito de bienes culturales; y 3) superar la visión netamente monumental o material del patrimonio para integrar y reconocer el patrimonio en su diversidad, incluyendo el patrimonio inmaterial, como lo son las prácticas y saberes, y otras categorías de protección, como los paisajes culturales o sitios de memoria.

Contenido del proyecto de ley
En materia de recursos, gestión y salvaguardia del patrimonio, el proyecto avanza en un cúmulo de medidas: beneficios tributarios por hasta 320 UTM anuales para proyectos de mantención y restauración de inmuebles patrimoniales protegidos a nivel local y nacional; se amplía el universo de inmuebles patrimoniales con exención en el pago de contribuciones; por primera vez se crea un subsidio al patrimonio cultural para recuperación y mejoramiento de viviendas, espacios públicos y equipamiento barrial; y se ampliación a la ley de Donaciones Culturales para incrementar fondos patrimoniales, con foco en patrimonio mundial, material e inmaterial; entre otras.

De esta manera la iniciativa implica un esfuerzo fiscal sin precedentes en incentivos patrimoniales: en régimen más de $23 mil millones si solo el 10% del universo posible usa los beneficios.

Para fortalecer la protección, también se propone la creación de Inventarios del patrimonio cultural en Chile, se incorpora el delito de comercialización de patrimonio arqueológico y/o paleontológico mueble, y se tipifica el delito de tráfico ilícito de bienes culturales en línea con la Convención UNESCO de 1970.

El proyecto busca superar la visión monumentalista del patrimonio y propone una mirada integral que reconozca la diversidad patrimonial presente en Chile. En esa línea se actualizan y crean nuevas categorías de protección: patrimonio mueble, inmueble, zonas, paisajes e itinerarios culturales, sitios de memoria, monumentos públicos y memoriales. Se mantienen los santuarios de la naturaleza y la protección por el solo ministerio de la ley del patrimonio arqueológico y paleontológico, a lo que se suman los meteoritos.

Por primera vez se incluye la protección del patrimonio cultural inmaterial y se incorporan mecanismos para el ejercicio de los derechos civiles y procesales de las comunidades legatarias y culturas (Ley de Propiedad Industrial).

Finalmente, el proyecto propone una Ley de Patrimonio Cultural Indígena que contará con el correspondiente proceso de consulta previa. Asimismo define que toda medida administrativa adoptada en el marco de la Ley de Patrimonio Cultural cuya ejecución sea susceptible de afectar directamente el patrimonio cultural de los pueblos indígenas y/o tribales, se someterá a lo dispuesto en el Convenio N° 169 de la OIT y en el artículo 13 del decreto supremo N°66, de 2013, del MDS. Destacar además que cada uno de los Consejos Regionales, que tendrá competencia específica sobre el patrimonio cultural protegido por la ley N° 17.288, contempla la integración de una persona representativa de los pueblos indígenas.