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EMBARAZADAS, CUIDADORES DE MENORES DE 2 AÑOS Y DE ADULTOS MAYORES PODRÁN QUEDAR EXCLUIDOS DE SER NOMINADAS VOCALES DE MESA

El senado de la República dio su aprobación al proyecto de ley patrocinado por el senador de Magallanes, Carlos Bianchi y que “Posibilita a la mujer designada vocal de mesa, durante todo el período de gestación o a la madre de hijos o hijas menores de dos años, y a quienes estén al cuidado de personas, al día de funcionamiento de las mesas receptoras, de excusarse de desempeñar el cargo, acreditando tales condiciones con los certificados y antecedentes correspondientes.”

Sobre el particular, el parlamentario, explicó que “actualmente la la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios resulta insuficiente y exiguo, dado que permite excusarse del ejercicio del cargo de vocal de mesa a la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes al parto, en circunstancias que se trata de una jornada de más de doce horas sin descanso y que muchas de las elecciones se realizan en meses de verano.”

El legislador al presentar el proyecto lo fundamento entre otros puntos en que “A propósito del plebiscito celebrado el 25 de octubre de 2020, el Consejo Directivo del Servicio Electoral publicó en el Diario Oficial del 14 de octubre de 2020 un acuerdo sobre normas interpretativas para el desarrollo de dicho plebiscito, que excusó de cumplir las tareas de vocal -entre otras personas- a las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación. La moción propone hacer permanente esa decisión del SERVEL.”

Asimismo se busca que el beneficio debe comprender también a las mujeres que tengan hijos o hijas menores de dos años al día de la elección, en concordancia con el artículo 206 del Código del Trabajo que reconoce y ampara el derecho de las madres a dar alimentos a sus hijos e hijas menores de dos años. En la misma línea quedó la posibilidad de excusarse cuando se esté al cuidado de un adulto mayor.

De esta forma La ley impulsada por las Senadoras Marcela Sabat, Luz Ebensperger y los senadores Carlos Bianchi, José Miguel Insulza y Manuel José Ossandon fue  aprobada en su primer trámite y que debe ser revisada ahora por la Cámara de diputados (as), quedó con las siguientes modificaciones.

En la ley sobre votaciones populares y escrutinios, 1.- Reemplázase el número 7) por el siguiente:

“Estar la mujer en estado de embarazo, durante todo el período de gestación, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico, o bien ser madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento de él o la menor. En caso de que la madre no tenga el cuidado personal, quien lo tuviere podrá excusarse acreditándolo debidamente.”.

2.- Agrégase el siguiente número 8):

“Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial.”