La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y la Dirección General de Aguas
(DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP) suscribieron un convenio con 10
líneas de trabajo para fortalecer el trabajo en equipo y sinergia que hasta ahora
han venido realizando en materia de fiscalización ambiental.
De esta forma, el Director General de Aguas, Rodrigo Sanhueza, sostuvo que “la
DGA es un servicio público con competencias ambientales, tanto para la
fiscalización y evaluación de proyectos, las que hemos reforzado a partir de la
reforma al Código de Aguas de abril de 2022. Al mismo tiempo, hemos optimizado
nuestros procesos de fiscalización para dar una respuesta más rápida a la
ciudadanía y a los servicios públicos que nos piden fiscalizar potenciales
infracciones al Código de Aguas. Este convenio viene a fortalecer el alcance del
trabajo entre la DGA y la SMA, el cual busca robustecer la labor de fiscalización
ambiental”.
Por su parte, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer,
destacó que “la actualización de este convenio refuerza aspectos del trabajo
conjunto, como la mesa técnica SMA-DGA relevando el intercambio de
conocimiento y criterios en temas sancionatorios y el uso de herramientas
tecnológicas como la teledetección y monitoreo remoto, junto con formalizar el
apoyo entre ambas instituciones para fiscalizar las normas secundarias de calidad”.
En materia de recursos hídricos, indicó el Seremi de Obras Públicas, José Luis
Hernández, que ambas instituciones convergen en el programa de fiscalización que
fija la SMA en relación a los compromisos que deben cumplir los titulares de
proyectos de acuerdo a sus Resoluciones de Calificación Ambiental, en las Normas
Secundarias de Calidad Ambiental (NSCA) y en la elaboración de Programas de
Medición y Control de la Calidad Ambiental del Agua (PMCCA).
Líneas de trabajo del convenio
Este convenio considera 10 líneas de trabajo. Entre ellas se establece la
coordinación entre la SMA y la DGA en caso de situaciones de riesgo para el
medioambiente, pudiendo actuar la DGA de forma inmediata y dictar las medidas
necesarias para controlar el riesgo. Una vez atendida la situación se deberá
informar a la SMA y remitir los antecedentes levantados en la fiscalización.
Además, el convenio establece la instalación de una mesa técnica que deberá
elaborar herramientas de apoyo a la fiscalización, definir la forma y modo de
comunicar los casos de especial relevancia ambiental asociados a Permisos
Ambientales Sectoriales (PAS) y los criterios a considerar por ambos servicios para
abordar las acciones que el titular de un proyecto debe cumplir en la Resolución de
Calificación Ambiental durante la construcción y ejecución de éste.
Igualmente, la mesa deberá estudiar el uso de nuevas tecnologías para la
fiscalización y sanción, explorando aplicaciones de inteligencia artificial para la
detección temprana de desviaciones y el intercambio de experiencias y
herramientas para el uso de imágenes satelitales, sensores remotos y plataformas
geoespaciales en la supervisión de cuerpos de agua, obras hidráulicas y
cumplimiento de resoluciones administrativas, entre otras funciones asignadas a
esta instancia de trabajo colaborativo.
Otra línea de trabajo son las actividades de fiscalización ambiental subprogramadas
con los correspondientes procedimientos para su ejecución. Estas tareas
fiscalizadoras pueden ser inspecciones ambientales, exámenes de información y
medición, muestreo y/o análisis de parámetros físicos, químicos o biológicos, o una
combinación de dichas labores.
Entre otros aspectos, en materia de Normas Secundarias de Calidad Ambiental
(NSCA), la DGA deberá continuar entregando a la SMA los antecedentes de los
monitoreos que realiza en siete cuerpos de agua para verificar el cumplimiento de
la normativa respectiva. Parte del acuerdo suscrito, considera además informar a la
SMA cuando la DGA se pronuncie respecto a las descargas de contaminantes a
aguas marinas y continentales superficiales y subterráneas. Adicionalmente, ambas
partes quedan facultadas para difundir casos de especial relevancia producto del
trabajo conjunto.