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Coordinadora de Seguridad Pública destaca ley contra las carreras clandestinas

La coordinadora regional de Seguridad Pública, María de los Ángeles Flores, valoró la entrada en vigencia de la ley que sanciona la organización y participación en carreras clandestinas.

La autoridad señaló que uno de los reclamos recurrentes de las vecinas y los vecinos en el marco de las reuniones que se sostienen a nivel territorial, dicen relación con las carreras vehiculares y faltas a la ley de tránsito, generando un sinnúmero de molestias y riesgos para la comunidad.

Al respecto, Flores manifestó que “ahora Carabineros posee más herramientas para poder fiscalizar y cursar infracciones. Sabemos del esfuerzo que ha efectuado la institución a nivel regional para controlar y reducir las conductas temerarias al volante, y ahora con esta ley se podrá abordar la problemática desde diferentes aristas”.

En este sentido, la legislación apunta a evitar o desincentivar conductas riesgosas y/o temerarias de los conductores; aumentar la responsabilidad para quienes manejen en condiciones peligrosas para la integridad física de las personas; sancionar a aquellos que organicen y faciliten la práctica de estas actividades ilegales; y, endurecer gradualmente las sanciones frente a posibles lesiones o resultado de muerte.

El llamado a respetar la norma no es solo para quienes conducen, sino también para sus familiares y amigos, que pueden promover la responsabilidad al volante.

La autoridad agregó que además de evitar ruidos molestos a los residentes de los sectores que se ven afectados por estas actividades ilegales, se busca reducir los accidentes de tránsito y bajar los lesionados de diversa gravedad a raíz de estos eventos.

“En Punta Arenas los choques y siniestros viales son una lamentable característica, por ello todas las acciones que se puedan tomar desde el punto de vista legal para reducir el riesgo y hacer que las personas tomen consciencia de las consecuencias de sus actos, son bienvenidas”, afirmó la coordinadora regional.

Añadió que siempre la primera recomendación es mantener conductas preventivas y de autocuidado, donde los riesgos se minimizan para los conductores y el entorno.

Sanciones

La normativa se refiere a la “velocidad temeraria” y se la sanciona incluso con la suspensión de la licencia. En esta línea, incorpora una sanción más gravosa (41 a 60 días de prisión) para aquellos conductores que excedan los 60 kilómetros por hora el límite de velocidad máximo establecido en las rutas, vías y caminos.

Se suma una multa de hasta 10 UTM y la suspensión de la licencia de conducir de seis meses a dos años en una primera oportunidad; por hasta cinco años si hay reincidencia, y su cancelación permanente si se repite por tercera vez. Además, exceder entre 20 y 60 km/h el límite máximo de velocidad en zonas urbanas y rurales será considerado infracción gravísima.

Los conductores que participen de una carrera clandestina recibirán una pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o multa de 2 a 10 UTM. Si existen lesiones menos graves o graves, la sanción será de presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años) y multa de cuatro a 12 UTM.

En lesiones más graves, se arriesga presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años). En caso de muerte, la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (desde 3 años y un día a 10 años). En ambas situaciones quedarán inhabilitados perpetuamente para conducir vehículos.

Del mismo modo, los organizadores de carreras clandestinas recibirán una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 8 a 20 UTM. Si obtiene algún beneficio económico, arriesga entre 541 días y 3 años (presidio menor en su grado medio) y una multa de 20 UTM.