Hoy viajaremos muy atrás en el tiempo, a los años en que hombres y mujeres como nosotros,
protagonizaron la revolución independista de Chile. De tanto en tanto, se discute si la Junta gubernativa provisoria creada el 18 de septiembre de 1810, efectivamente marca el hito de nuestra independencia. Lo anterior debido a que la propia acta suscrita ese día deja expresa constancia de que se trata de una junta gubernativa provisoria en nombre del rey Fernando VII. Para entender esta fórmula que en apariencia rompe la dependencia política de la monarquía absoluta española, hay que introducir otro elemento. Siguiendo el credo emanado de la revolución de 1789, su más brillante líder y victorioso general, Napoleón Bonaparte llevó la guerra contra las principales monarquías de la época. España, cabeza de un imperio inmenso y colosal, cayó bajo su dominio, y el rey Fernando VII debió abdicar en favor de José I, hermano mayor de Napoleón, corría el mes de mayo de 1808. Los habitantes de la península decidieron organizarse a través de juntas que conservaran el poder para su “Amadísimo” rey. Es así como se organiza la Junta de Cádiz, y un Consejo de Regencia. El impulso de crear estas juntas también en las Indias,
como se denominaba a los dominios del monarca en América, se generó en la propia Metrópoli que no solo felicitó la creación de la Junta de 1810, sino que animó a los criollos a enviar disputados para integrarse al consejo de regencia.
La noticia de la derrota de las tropas españolas, y de la captura del rey Fernando VII, avivó en la capitanía
general de Chile y en el virreinato del Río de la Plata el afán independista. En mayo de 1810 se creó a Junta gubernativa del Río de La Plata, y el 18 de septiembre en Chile. En esa primera convocatoria a un Cabildo abierto, sólo concurrieron vecinos de Santiago, quienes fueron citados por “esquela”, la cual llevaba el siguiente texto: “Para el día 18 del corriente a las 9 de la mañana: Espera a Usted el muy ilustre Señor Presidente, con el ilustre ayuntamiento, en las salas del Real Tribunal del Consulado, a consultar y decidir los medios más oportunos a la defensa del reino y pública tranquilidad”. Recuerda don Jaime Eyzaguirre 1 en su detallada Historia de Chile, que el cabildo se efectuó en día martes 18 de septiembre, entre las 9,00 horas Am y las 15,00 horas, a la sesión asistieron entre 350 y 400 vecinos de Santiago. Don Mateo de Toro y Zambrano, brigadier designado meses atrás como gobernador del Reino a la sazón de 85 años, se dirigió a los presentes diciendo “Aquí está el bastón, disponed de él y del mando”, luego dirigiéndose al secretario José Gregorio Argomedo, señaló: “Significad al pueblo lo que os tengo
prevenido”. A continuación, Argomedo explicó que el gobernador de Chile renunciaba, para dejar al pueblo en libertad de adoptar las medidas más convenientes a la defensa del rey cautivo, y que era el Cabildo el que debía determinarlas. En seguida, hizo uso de la palabra el procurador José Miguel Infante, quien se refirió al sistema de juntas instaurado en España con motivo de la invasión francesa. Asimismo, mencionó la autorización del consejo de regencia para la constitución de Juntas como ya lo había hecho Cádiz. Sólo dos personas de los participantes del Cabildo se opusieron, defendiendo la postura del estatus quo, pero sus intervenciones fueron acalladas por el clamor unánime que a viva voz pedía “Junta queremos, junta queremos”. A continuación, se efectuó la elección de los
miembros integrantes de la junta de la siguiente forma:
Presidente, Mateo de Toro y Zambrano.
Vicepresidente, José Antonio Martínez de Aldunate, obispo electo de Santiago.
Como Vocales: Fernando Márquez de la Plata, Juan Martínez de Rozas, Ignacio de la Carrera, Francisco Javier Reina, Juan Enrique Rosales.
Como secretarios: José Gregorio Argomedo y Gaspar Marín.
El acta que se conserva en bóveda del Archivo Nacional, expresa “Y a ejemplo de lo que hizo el señor
gobernador de Cádiz, depositó toda su autoridad en el pueblo para que acordase el gobierno más digno de su confianza y más a propósito a la observancia de las leyes y conservación de estos dominios a su legítimo dueño y desgraciado monarca, señor don Fernando Séptimo. Y reconocer al supremo consejo de regencia”. Todos los presentes juraron lealtad y obediencia a la junta de gobierno instalada así. A continuación, y en señal de celebración y alabanza, las campanas de todas las iglesias se hicieron sentir, dando inicio a fiestas y bailes populares por toda la ciudad.
Como se puede apreciar de la lectura del acta de creación de la junta de 1810, no puede entenderse
como un acto de ruptura total con la metrópoli. Fue sin lugar a dudas un hecho notable de organización, de coordinación entre quienes tímidamente algunos, y apasionadamente otros, abrazaban el ideal de la independencia.
Como efecto inmediato de la constitución del nuevo gobierno, la junta rechazó la designación de un nuevo gobernador español para Chile, decidido por el consejo de regencia el 19 de septiembre. Lo que se informó tanto al Consejo de regencia como al designado, a quien se solicitó no viajar a Chile y permanecer en Montevideo.
Con la constitución de la junta gubernativa de 1810, se da inicio a lo que los historiadores denominan
“La patria vieja”, que va desde este año, hasta 1814, año en que se impone por las armas nuevamente la dominación de la monarquía española. Un período que se inscribe entre los de mayor gloria para los patriotas chilenos, lo que marca el fin de las indecisiones y la consolidación de un encendido espíritu independista. En otra ocasión haremos recuerdo de los momentos de gloria y de honor, y de la gesta de nuestros héroes José Miguel Carrera y Bernardo O´Higgins.
La independencia de Chile deberá esperar varios años más de lucha, organización y sacrificio. El
hecho es que, si bien el acta de la independencia en su texto original se encuentra desaparecido, presumiblemente destruido, se conserva en el Archivo nacional, una copia del texto usado como proclamación de la independencia.
Este texto aparece fechado en Santiago a 12 de febrero de 1818, sin embargo, hace mención al acta suscrita por el director Supremo don Bernardo O´Higgins, en el “Palacio directorial de Concepción, el 1 de enero de 1818”. Existe controversia sobre el lugar de la firma, ya que algunos sostienen que materialmente se habría producido la firma, en los morrillos de Perales, cerca de Talcahuano, el 1 de enero de 1818.
De cualquier modo, nuestra independencia se habría sellado formal y materialmente, en 1818, el 1
de enero, fecha de la firma del acta, o del 12 de febrero, fecha de su proclamación. Se estima que se optó por trasladar la fecha a septiembre, por dos consideraciones. El propio texto del acta de independencia, señala: “La revolución del 18 de septiembre de 1810 fue el primer esfuerzo que hizo Chile para cumplir esos altos destinos a que lo llamaba el tiempo y la naturaleza; sus habitantes han probado desde entonces la energía y firmeza de su voluntad, arrostrando las vicisitudes de una guerra en que el Gobierno español ha querido hacer ver que su política con respecto a la América sobrevivirá al trastorno de todos los abusos.” En el texto los propios padres de la patria, le otorgan un carácter de revolución, a la constitución de la junta de 1810. Esto a su vez, admitiría interpretaciones, ya que se habría buscado fijar una línea de continuidad que le conferiría legitimidad, al esfuerzo de incipiente organización política. Asimismo, es dudosa esta interpretación, por la declarada lealtad y devoción al “legítimo dueño y desgraciado monarca Fernando séptimo”. Otra consideración, que pesó en la decisión de celebrar nuestra
independencia en septiembre, es que, en aquella naciente República de inicios del siglo XIX, la economía se sostenía fundamentalmente de la actividad agrícola. Chile era rural, y las actividades más importantes, eran las de cosecha, que se efectúan precisamente en los meses de verano, Por tanto, con un espíritu práctico notable, se optó finalmente por celebrar en septiembre, permitiendo la continuidad sin interrupciones de las cosechas agrícolas.
Es hermoso, y muy ilustrativo, leer ese texto de la proclamación de la independencia de
Chile, para recordar de dónde venimos: “…Y habiendo resultado que la universalidad de los ciudadanos está irrevocablemente decidida por la afirmativa de aquella proposición, hemos tenido a bien, en ejercicio del poder extraordinario con que para este caso particular nos han autorizado los pueblos, declarar solemnemente, a nombre de ellos, en presencia del Altísimo, y hacer saber a la gran confederación del género humano, que el territorio continental de Chile y sus islas adyacentes, forman de hecho y por derecho, un Estado libre, independiente y soberano, y quedan para siempre separados de la Monarquía de España, con plena aptitud de adoptar la forma de Gobierno que más convenga a sus intereses”.
Sea que celebremos el primero de enero o el 18 de septiembre, la decisión de los padres de
la patria, en orden a impulsar un proceso de independencia total y absoluta, a partir de una aparente concesión de la metrópoli, nos muestran la sabiduría y la intrepidez de quienes nos precedieron. Asimismo, ilumina nuestros pasos en la búsqueda del buen gobierno. Es una luz de esperanza que perfora las tinieblas de los siglos, y nos muestra como fuimos capaces de organizarnos y como volveremos a hacerlo. Es un camino de continuidad y cambio, que nos sitúa 215 años después, en condiciones de fortalecernos con miras al futuro.
Ernesto Sepúlveda Tornero

