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COMERCIO DE MASCOTAS EXÓTICAS

La Ley n° 19.473/96, conocida como Ley de Caza, y su Reglamento (DS 05/98), regulan entre otras materias la venta de animales considerados “mascotas exóticas”. La normativa indica que las empresas o personas dedicadas a la comercialización de animales, que mantengan fauna silvestre nativa o alóctonas, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre. La inscripción de estas empresas o personas la efectúa el Servicio Agrícola y Ganadero, previa presentación de una solicitud cumpliendo los antecedentes solicitados en el artículo 65 del citado reglamento.

Las regulaciones aludidas tienen significado en materias del bienestar y salud de los animales comercializados, procuran prevenir su tráfico ilegal, no incidir negativamente en la conservación de especies amenazadas y al mismo tiempo prevenir impactos en los ecosistemas producto de la liberación de especies exóticas al medio natural. Algunos ejemplos de especies de fauna comercializadas a través de tiendas de mascotas que han provocado daños en los ecosistemas en que fueron liberados son la cotorra argentina en la zona central de Chile y la tortuga de orejas rojas en la zona sur.

Todos los animales comercializados deben proceder de criaderos debidamente inscritos, con la correspondiente  documentación que acredite  su origen y legítima tenencia. De igual forma los animales comercializados deberán tener una marca o individualización de forma tal que no puedan ser sustituidos. 

El encargado regional de la División de Recursos Naturales de SAG Magallanes el M.V. Nicolas Soto recalcó la importancia, responsabilidad y resguardos que debe tener la ciudadanía al momento de adquirir animales de compañía, sean estos domésticos o domesticados, debiendo velar siempre porque sean adquiridos en establecimientos debidamente inscritos y fiscalizados por el SAG. “Tener un comercio regulado  ayuda a que se cumplan los estándares mínimos de bienestar y salud animal, y que no atentemos a la conservación de especies amenazadas en sus estados de conservación. Es muy importante que la ciudadanía reconozca la importancia de mantener en estricto cautiverio y control a sus mascotas (tenencia responsable), sean estas tradicionales o exóticas, que estén debidamente marcados para su reconocimiento, previniendo siempre la liberación de estas en ambientes naturales”.

La venta informal de estos animales, por redes sociales u otros medios está prohibida y quienes la ejerzan se expone a las sanciones estipuladas por la normativa.