SECRETARIA DE GOBIERNO RESALTÓ PROMULGACIÓN DE LEY DE DISCAPACIDAD |
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“La nueva Ley de Discapacidad busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social. De este modo, se darán a conocer masivamente a la comunidad los derechos y principios de las personas con discapacidad”, expresó la secretaria de Gobierno, Maribel Valle, quien resaltó la promulgación del cuerpo legal por parte de la Presidenta Michelle Bachelet.
2010-02-04 - 09:22:00 |
Mencionó que la nueva ley responde a las necesidades de las 2.068.072 personas que hoy en día sufren algún tipo de discapacidad en Chile, tal como lo han demostrado estudios realizados por el Fondo Nacional de la Discapacidad, en conjunto con el Instituto Nacional de Estadísticas, cifra que representa el 12,9% de la población total.
En el acto donde la nueva normativa fue promulgada, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, expresó que "este proyecto tiene una mirada distinta y ve a la discapacidad no como un problema de salud o una enfermedad, sino como un conjunto de condiciones que muchas veces son creadas por el contexto o el entorno social". Agregó que la nueva legislación busca "asegurar el pleno ejercicio de sus derechos y la no discriminación", estableciendo "mecanismos compensatorios que efectivamente nivelen las posibilidades de todos".
Maribel Valle, en cuyo organismo se trabaja el tema a través del Programa de Diversidad y No Discriminación, dijo que se ha colocado en el centro del gobierno la política social que ha sido el sello de la Presidenta, considerando el derecho de cada uno de los chilenos o de todas las personas que habitan en nuestra patria, a tener acceso a las mismas oportunidades, sin importar la etnia, la edad, la condición física, económica o el lugar donde se nace, y que ese cuidado por las personas es el que subyace en esta nueva ley, tal cual lo manifestara la Mandataria.
Recordó también que desde 1994 Chile contaba con una ley que establecía ciertas normas de integración social para las personas con discapacidad, pero que era necesario actualizar este texto, tanto para que fuera en el espíritu de las convenciones internacionales que ha suscrito el país en esta materia, como para ampliar desde lo legal, la perspectiva desde la que se mira hoy la realidad de las personas que sufren algún tipo de vulnerabilidad.
Por su parte, la coordinadora regional del Fondo Nacional de la Discapacidad reiteró las palabras de la Presidenta en el sentido de "que se ha colocado en el centro del Gobierno el desarrollo de las políticas sociales, ya que se tiene la convicción de que todos los chilenos cuentan con derecho a tener acceso a las mismas oportunidades, sin importar la etnia, edad, condición física, económica o el lugar donde se nace".
Más adelante, dijo que esta ley promueve la cooperación público-privada, en el contexto de que la discapacidad es un tema que afecta a toda la sociedad, y por lo tanto, es deber de todos contribuir a superar las barreras que impiden o dificultan la plena integración de las personas con discapacidad.
Modernización del Fonadis
La secretaria de Gobierno informó que la iniciativa moderniza el Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS), en dos aspectos principales: las funciones especiales de las que deberá hacerse cargo el Fondo, incorporando algunas que hoy constituyen programas que se han desarrollado en forma exitosa y se adecuan y precisan en mejor forma las funciones que corresponde a la autoridad máxima del organismo, esto es, el Consejo del Fondo Nacional de la Discapacidad.
Junto con ello, se crea el Registro Nacional de la Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, el que tendrá por objeto reunir y mantener los antecedentes de las personas con discapacidad.
Educación e inclusión escolar
El texto señala también que el Estado garantizará a las personas con discapacidad el acceso a los establecimientos públicos y privados del sistema de educación regular o a los establecimientos de educación especial, según corresponda, que reciban subvenciones o aportes del Estado.
Los establecimientos de enseñanza parvularia, básica y media contemplarán planes para alumnos con necesidades educativas especiales y fomentarán en ellos la participación de todo el plantel de profesores y asistentes de educación y demás integrantes de la comunidad educacional en dichos planes.
Capacitación e inserción laboral
El Gobierno, a través de los organismos competentes, promoverá y aplicará medidas de acción positiva para fomentar la inclusión y no discriminación laboral de las personas con discapacidad.
De la misma forma, deberá promover la creación y diseño de procedimientos, tecnologías, productos y servicios laborales accesibles y difundir su aplicación y crear y ejecutar, por sí o por intermedio de personas naturales o jurídicas con o sin fines de lucro, programas de acceso al empleo para personas con discapacidad.
Equiparación de oportunidades
El proyecto refuerza la regulación que se realiza del derecho a la equiparación de oportunidades, la que es definida como la ausencia de discriminación, directa o indirecta, que tenga su causa en una discapacidad.
Además, especifica las ocasiones en que dicho derecho se entiende vulnerado, tanto por acciones u omisiones de discriminación, de acoso, de incumplimiento de las exigencias de accesibilidad. Junto con ello, exige garantizar la existencia de condiciones básicas de no discriminación y accesibilidad.
El Estado adoptará las medidas necesarias para asegurar a las mujeres con discapacidad y a las personas con discapacidad mental, psíquica o intelectual, el pleno goce y ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad con las demás, en especial en lo referente a su dignidad, el derecho a constituir y ser parte de una familia, su sexualidad y salud reproductiva.
Asimismo, el Ejecutivo realizará las acciones conducentes a asegurar a los niños con discapacidad el pleno goce y ejercicio de sus derechos, en especial el respeto a su dignidad, el derecho a ser parte de una familia y a mantener su fertilidad, en condiciones de igualdad con las demás personas.
De igual modo, se ejecutarán las medidas necesarias para evitar las situaciones de violencia, abuso y discriminación de que puedan ser víctimas las mujeres y niños con discapacidad y las personas con discapacidad mental, en razón de su condición.
Edificaciones
La nueva norma también propone cinco principios rectores que deben considerarse y ponderarse, en todo momento, para efectos de hacer una correcta aplicación de la ley. Estos son, el acceso a una vida independiente; la accesibilidad y diseño universal a entornos, bienes y servicios; la intersectorialidad y la participación y diálogo social.
Teniendo en cuenta estos principios, el texto determina que todo edificio público o que atienda a público, así como toda nueva edificación colectiva, deberá ser accesible y utilizable en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida.
Lo mismo se aplica a las obras que el Estado o los particulares ejecuten en el espacio público al interior de los límites urbanos y los accesos a los medios de transporte público de pasajeros y a los bienes nacionales de uso público. Si cuentan con ascensores, deberán tener capacidad suficiente para el transporte de personas con discapacidad.
Corresponderá a las direcciones de obras municipales fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local.
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